Con esta medida se busca ofrecer una mayor claridad sobre el valor real de los costos que las aerolíneas cobran a los pasajeros.
La medida también cobija además de las compañías aéreas, a las agencias de viaje, intermediaros y agremiaciones que tienen que ver con la industria aérea. De ahora en adelante dichas compañías tienen prohibido hacer publicidad sobre la tarifa neta del servicio y tendrán que publicar el valor total del servicio aéreo que incluye los cargos adicionales de impuestos y “desagregando los conceptos y valores correspondientes al cargo por combustible y la tarifa administrativa”, señaló el comunicado.
La Entidad añadió además que “con el ánimo de generar una sana competencia entre las aerolíneas y en beneficio de los pasajeros, la Aerocivil aclara que la circular expedida por la Entidad el 29 del presente año, no realzó cambio alguno a la Resolución 2941 de 2008 ya que ésta establece, que las aerolíneas que están obligadas a darle mayor relevancia al costo total del servicio en la publicidad que ellas realicen. La autoridad aeronáutica, vía circular aclaró la interpretación y aplicación de dicha Resolución”.
“Finalmente, la Aeronáutica Civil de Colombia, da a conocer a la opinión pública que se amplió el plazo para la aplicación de la Circular antes mencionada al 30 de junio del presente año”.
Fuente: Oficina de Divulgación y Prensa Aerocivil
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