La decisión se toma por la afectación que la aerolínea ha causado a más de 7.000 pasajeros y 56 agencias de viaje afectadas.
Hace unos meses, luego de conocerse que la aerolínea mexicana había dejado de operar en Colombia, y ante una falta de comunicación de la empresa con relación a esta decisión, a los vuelos reservados, cambios de itinerario e información sobre reembolsos, ANATO solicitó a las diferentes entidades del Gobierno Nacional, revisar una medida que permitiera que esta empresa cumpliera a las Agencias de Viajes y éstas, a su vez, a sus viajeros que habían adquirido tiquetes aéreos de esta compañía aérea.
“Como gremio, nos preocupa esta situación, pues recopilando la información suministrada por nuestras empresas, sabemos que son más de 56 Agencias de Viajes afectadas, 7761 pasajeros y una deuda de alrededor $9.988 millones de la empresa INTERJET con las Agencias de Viajes colombianas y sus pasajeros. Es de destacar que nuestras empresas han estado pendientes de los afectados tratando de buscar soluciones a los inconvenientes”, explicó Paula Cortés Calle, presidente ejecutiva de ANATO.
Tras recibir denuncias, indicando la dificultad de contactar con la sociedad para indagar sobre sus reservas y vencido el término otorgado para el acatamiento de cada una de las medidas, y previa solicitud de explicaciones a la aerolínea, lo cual tampoco fue atendido, la Superintendencia procedió a imponer una multa de $219 millones.
Las órdenes emitidas por la entidad son:
- Emitir y difundir un comunicado de prensa en donde indique a los usuarios los canales y horarios de los que dispone la aerolínea para para recibir y atender de manera oportuna las peticiones, quejas y reclamos presentados por los usuarios;
- Presentar e implementar un plan de atención a usuarios.
- Allegar a la Superintendencia el Sistema de Atención a Usuarios con el que cuenta en los aeropuertos donde opera en Colombia.
Cabe destacar que esto no implica que la aerolínea no deba cumplir con las Agencias de Viajes y pasajeros afectados, por lo que se le otorgó 15 días hábiles a partir de la notificación para que acredite el cumplimiento de lo ordenado, de lo contrario se hará acreedora de una nueva multa hasta por 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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