Aprobado en primer debate en la Comisión Séptima de Cámara del proyecto de Ley para la Seguridad Aérea en Colombia. La propuesta busca mejorar las garantías de seguridad operacional en la aviación colombiana a partir de la fijación de condiciones para el trabajo de pilotos y auxiliares de vuelo.
Según informó la Asociación de Aviadores Civiles Acdac, el Proyecto está basado en el derecho establecido en países como Estados Unidos, Inglaterra, Australia y Brasil, además de tener en cuenta los resultados de investigaciones de varios accidentes aéreos que han conducido a la modificación de normas sobre la duración de la jornada laboral, tiempos de vuelo, de descanso; entre otros.
La Ministra de Trabajo, Clara López, resaltó que el proyecto establece condiciones de equidad liberal para las tripulaciones aéreas de compañías regulares y no regulares, garantizando condiciones de seguridad pública. El Proyecto también favorece las condiciones laborales de pilotos, lo que redundaría en la estabilidad de sus familias.
El Proyecto de Ley No. 067 de 2015 Cámara “Por el cual se adiciona al Código Sustantivo del Trabajo con normas especiales para las tripulaciones y se dictan otras disposiciones” es de autoría de los Senadores Juan Manuel Galán, José David Name, Viviane Morales, Luis Fernando Duque y el ex Senador Carlos Fernando Galán; y tuvo como coordinadores ponentes a los Honorables Representantes Rafael Romero Piñeros y Wilson Córdoba Mena; adicionalmente presentaron ponencia positiva los Representantes Ana Cristina Paz Cardona y Álvaro López Gil.
“La seguridad de las operaciones aéreas es una responsabilidad del Estado para con sus ciudadanos. Es el Estado el responsable de garantizar el crecimiento seguro de la aviación colombiana y, para ello, los parámetros adoptados en la regulación internacional son el punto de partida. Y es el Congreso de la República el competente para legislar antes de que ocurra una tragedia”, aseguró el Capitán Jaime Hernández Sierra, presidente de Acdac, y agregó: “La seguridad aérea es en sí misma el derecho a la vida de los usuarios, la protección laboral de los tripulantes y la estabilidad de sus familias, la continuidad y el desarrollo comercial del sector”.
Algunos datos de interés:
- Las extensas jornadas de trabajo generan fatiga, que, de acuerdo con estudios revelados por la National Transportation Safety Board NTSB, es uno de los principales factores de riesgo para las operaciones aéreas en todo el mundo.
- De acuerdo con datos de la autoridad aérea de Estados Unidos (Federal Aviation Administration – FAA) la probabilidad de accidente se duplica cuando quien desempeña la labor excede 10 horas continuas de trabajo. Este factor se eleva 5,5 veces más cuando la jornada es mayor a 13 horas.
- Estudios adelantados por la Royal Aeronautical Safety concluyen que al cumplirse 12 horas de trabajo continuo el cuerpo está en las mismas condiciones físicas producidas al exceder cuatro veces el límite de consumo de alcohol permitido para conducir vehículos.
- En Colombia, las tripulaciones de vuelo cuentan con periodos de descanso contados en lapsos de 24 horas continuas y no en días calendario; significa que cada tripulante puede llegar a acumular hasta 17 días continuos en vuelo con jornadas diarias de 12:30 horas.
Fuente: Acdac
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