- Mar Jul 20, 2010 6:18 pm#31824
Aunque no existe tratado con Nicuragua ni Honduras y en el tratado con Ecuador no se estipulan los derechos de 5ª libertad fuera de los países de la CAN, para estos países no será problema aceptar la petición de P5 ya que se les permitirá realizar dichos bajo el régimen de reciprocidad así como fueron las frecuencias de AV vía SAL.
En el caso de Puerto Rico aunque este tipo de operación no está estipulada estrictamente en el convenio pero dado que desde Colombia no hay ninguna limitación para operar hacia SJU y entre Panamá y la isla existe una excelente relación comercial, la solicitud será aceptada sin ninguna repercusión.
Para el caso de México y República Dominicana la cosa es diferente ya que éstos no aceptan quintas libertades para la operación desde Colombia así que la autoridad colombiana (Aerocivil) aprobará dichas rutas sujeta a la autorización unilateral de las autoridades aeronáuticas de cada país sin que eso implique reciprocidad por parte de Colombia.
luiscali escribió:estas rutas las veo extranas !!!No es así la Aerocivil tiene que revisar los tratados vigentes con los países que solicita la aerolínea ejercer derechos de quinta libertad para este caso son República Dominicana, Puerto Rico, Nicaragua, Honduras, México y Ecuador
Se vuelve a lo mismo por que Colombia autoriza rutas con escala en Panama ?, la aerocivil autoriza Colombia - Panama, el resto le toca a Panama !!!!
esas rutas estan planteadas para encubrir la expansion de CM que algunos paises estan frenando (me sono al loco de la lado)
es asi o me equivoco !!!
Aunque no existe tratado con Nicuragua ni Honduras y en el tratado con Ecuador no se estipulan los derechos de 5ª libertad fuera de los países de la CAN, para estos países no será problema aceptar la petición de P5 ya que se les permitirá realizar dichos bajo el régimen de reciprocidad así como fueron las frecuencias de AV vía SAL.
En el caso de Puerto Rico aunque este tipo de operación no está estipulada estrictamente en el convenio pero dado que desde Colombia no hay ninguna limitación para operar hacia SJU y entre Panamá y la isla existe una excelente relación comercial, la solicitud será aceptada sin ninguna repercusión.
Para el caso de México y República Dominicana la cosa es diferente ya que éstos no aceptan quintas libertades para la operación desde Colombia así que la autoridad colombiana (Aerocivil) aprobará dichas rutas sujeta a la autorización unilateral de las autoridades aeronáuticas de cada país sin que eso implique reciprocidad por parte de Colombia.