Bajo la resolución 2532 del 31 de diciembre de 2020, el Ministerio de Salud de Colombia modificó el anexo técnico de la resolución 1627 de 2020 con el cual se vuelve a condicionar la entrada al país con un resultado negativo de una prueba PCR para Covid-19. Lo anterior se toma como respuesta al pleito legal con el juzgado 11 administrativo que semanas atrás, a través de una tutela, ordenó revocar la medida que eliminaba el requisito de la prueba para ingresar al país.
Si bien Minsalud impugnó la decisión del juez, aún no hay una resolución legal definitiva, por lo cual el ente acata provisionalmente la decisión y vuelve a exigir la prueba para el ingreso a Colombia.
El resultado de la prueba PCR debe tener una expedición no mayor a 96 horas antes del viaje. Aquellas personas que tengan una fecha de viaje cerca podrán practicarse la prueba al llegar al país pero con el requisito de aislarse preventivamente por dos semanas al ingresar a territorio nacional, para esto deben informar por escrito, en un formulario dispuesto para ello, su dificultad de practicarse la prueba antes del viaje.
Se recuerda a los viajeros la importancia de diligenciar el formato de migración a través de “Check Mig” para poder ingresar al país.
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